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constitucion-78: art.49: protección de las personas con discapacidad #3

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Feb 20, 2024

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hpalacio
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@hpalacio hpalacio commented Jun 22, 2021

La reforma del artículo 49 es un proyecto que responde a la propuesta de la Comisión para las políticas integrales de la discapacidad (Senado) y que ha contado con la participación del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

En junio de 2021, esta propuesta fue abrobada por el Consejo de Ministros y se encomendó su dictamen a la Comisión Constitucional (Congreso de los Diputados).

En enero de 2024, esta propuesta se debate en el Congreso de los Diputados.

Referencias:

@hpalacio
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hpalacio commented Jan 25, 2023

Dictamen del Consejo de Estado de 12-may-2021: https://www.congreso.es/docu/docum/ddocum/dosieres/sleg/legislatura_14/spl_20/pdfs/3.pdf

@hpalacio hpalacio force-pushed the gobierno/reforma-art-49 branch 2 times, most recently from fcb29a5 to 836ad5a Compare January 16, 2024 14:51
@hpalacio hpalacio force-pushed the gobierno/reforma-art-49 branch from 836ad5a to 2f424e9 Compare February 20, 2024 12:18
La Constitución Española de 1978 consagra la dignidad de la persona y el libre
desarrollo de la personalidad como claves de bóveda de nuestro Estado social y
democrático de Derecho. Una de las plasmaciones concretas de esta configuración
es su artículo 49, dedicado específicamente a la protección de las personas con
discapacidad.

Este precepto situó en su día a España en la vanguardia de la protección de este
colectivo, al reconocerles expresamente la plenitud de los derechos previstos en
el Título I de la Constitución y establecer un mandato de protección dirigido a
todos los poderes públicos.  Por otra parte, el mencionado artículo ha
desplegado una notable influencia en la actuación de los poderes públicos y ha
sido objeto de un considerable desarrollo legislativo.

En los últimos años, la protección de las personas con discapacidad se ha visto
impulsada por el Derecho Internacional y tiene como eje central el contenido de
la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada el
13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas,
ratificada por España el 3 de diciembre de 2007 y en vigor desde el 3 de mayo de
2008.

Durante los últimos años se ha producido la adaptación de legislación interna,
tanto la estatal como la autonómica, a la normativa internacional. Esa tarea se
ha plasmado particularmente, a nivel nacional, en la Ley 26/2011, de 1 de
agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad, y en el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado
mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. Más recientemente,
en la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley
Orgánica del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de
todas las personas con discapacidad y en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la
que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con
discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Paralelamente, la sociedad civil articulada en torno a las personas con
discapacidad ha venido planteando a los poderes públicos la necesidad de
acomodar el artículo 49 de la Constitución a la realidad social y a la normativa
internacional. En este ámbito, tiene una relevancia fundamental la tarea
realizada por las organizaciones representativas, que desempeñan un papel
esencial en el cumplimiento de las obligaciones que la Constitución y las leyes
imponen a los poderes públicos. Asimismo, en el seno de la sociedad española
avanza claramente el reconocimiento de las necesidades específicas de las
mujeres y los menores con discapacidad.

En el contexto descrito, resulta patente que la redacción original del artículo
49 de la Constitución Española de 1978, que plasmó el compromiso del
constituyente con los derechos y libertades de las personas con discapacidad,
precisa de una actualización en cuanto a su lenguaje y contenido, y para
reflejar los valores que inspiran la protección de este colectivo, tanto en el
ámbito nacional como internacional.

Por todo ello, resulta necesario proceder a la reforma del artículo 49 de la
Constitución, de manera que este precepto vuelva a ser referencia para la
protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad en
España.

Iniciativa-de: Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.
Aprobado-por: Cortes Generales
Firmado-por: Pedro Sánchez Pérez-Castejón
Firmado-por: Felipe VI
Sancionado-por: Felipe VI
Promulgado-por: Felipe VI

Referencia: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-3099
@hpalacio hpalacio force-pushed the gobierno/reforma-art-49 branch from 2f424e9 to e8c5dc6 Compare February 20, 2024 12:19
@hpalacio
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Sancionado por el Rey el 15 de febrero de 2024: https://www.casareal.es/ES/Actividades/Paginas/actividades_actividades_detalle.aspx?data=16024

@hpalacio hpalacio merged commit e8c5dc6 into master Feb 20, 2024
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Principio de acuerdo para eliminar el término “disminuidos” del artículo 49
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